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Argentina 2016: Necesidad de la Seguridad Jurídica

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Argentina 2016: Necesidad de la Seguridad Jurídica

Por Julio A. J. Carrillo

Nuestro país requiere Seguridad Jurídica que se ve reflejada, no solamente en los distintos medios de comunicación, sino también en las expresiones de economistas, juristas y políticos, sin olvidar a todos aquellos que se preguntan en Congresos, Reuniones Científicas, como por ejemplo el Foro de Inversión y Negocios que se está realizando en estos días en Buenos Aires, cómo va a ser la Argentina para lograr un desarrollo económico futuro, y entre las cosas que necesitamos no hay la menor duda de que está la Seguridad Jurídica, la que por otro lado fue puesta de relieve en forma explícita o dentro del enfoque del artículo de aquellos autores que tuvieron la generosidad de acompañarnos en este número.-

 

En esta edición de elDial.com en “Derecho Económico y Análisis Económico del Derecho” tuve el doloroso honor de recordar en sus enseñanzas al Dr. Julio H. G. Olivera, uno de los economistas más importantes de la Argentina y cuyo trato personal siempre fue enriquecedor y pleno de generosidad.-

 

El artículo de Douglas ElespeNotas sobre la importancia del régimen legal del Mercado de capitales de Argentina”, comienza con un resumen ejecutivo que a los efectos de esta Editorial transcribimos dado que metodológicamente resulta comprensivo de los contenidos del trabajo “Sin ahorro no habrá inversiones productivas significativas- Sin inversiones, el crecimiento económico y la sustentabilidad del mismo se verán amenazadas- Sin algunos cambios al régimen legal del mercado de capitales la canalización de ahorro al mismo será muy limitada y las empresas emisoras tampoco se verán tentadas a financiarse en el mismo. Se formularán comentarios sobre algunos aspectos vistos desde la óptica del análisis económico del derecho dada la importancia de este vehículo de canalización eficiente y segura del ahorro a la inversión productiva”.-

 

Dado que correlaciona Derecho, Economía y Política, en la introducción se refiere a la Ley 26831 (LMC) actualmente vigente y señala que el trabajo se puede dividir en dos partes, del I al VI que es general y del V en adelante más técnico y enfocado a la LMC y las propuestas de modificación de la Ley (Capítulo VI).-

 

Señala que es necesario para el ahorro y la inversión que exista un clima de confianza en el devenir económico de un país, existiendo abundante literatura sobre las condiciones macro y políticas que hacen viables el financiamiento desde el exterior.-

 

Para los economistas la inversión consiste en la incorporación construcción o adquisición de activos físicos destinados a producir otros bienes, siendo parte de la demanda agregada de un país.-

 

Distingue la inversión financiera, que es la actividad que emprende el que ahorra cuando decide sacrificar su consumo y colocar parte de esos ingresos no gastados en una Institución que interviene en el mercado, enumerando a las mismas, como así también el centro o entes reguladores.-

 

El mercado de capitales: Bolsas o Mercados de Valores, siendo necesario canalizar el ahorro tomando contactos con las empresas o el gobierno que necesitan fondos para financiarse, en base a dos grande canales, es decir prestar dinero a las empresas o asociarse con los dueños de las mismas comprando acciones ordinarias, existiendo otros productos bursátiles que quieren cubrir las necesidades de los ahorristas y las empresas demandantes.-

 

Debemos de señalar que el Estado también requiere financiación y si la política pública de financiamiento es equivocada repercutirá en una menor inversión o en una inversión poco eficiente afectando la situación macro económica del país en el futuro.-

 

Existe un proyecto de las actuales autoridades a presentar en el Congreso Nacional, la reforma de la Ley 26831.-

Es necesaria la defensa de una regulación eficiente de la regulación de los mercados de valores y las operaciones bursátiles, señalando que la actual (LMC) despierta polémica y desconfianza de los inversores y emisores, señalando los aspectos positivos y los negativos.-

 

Existen fallas jurisdiccionales múltiples que el autor en otro trabajo menciona. (La Ley 13-11- 12, Douglas Elespe, pg. 1 y sgts, “Reforma de Mercado de Capitales y Régimen de oferta Publica”).-

 

A continuación correlaciona el texto de la Ley actual y del Proyecto de Reforma marcando un análisis pormenorizado de la misma, en el último capítulo VI del trabajo bajo el rubro de “Otros aspectos a tener en cuenta”, cita la crisis de EE.UU de 2008. Cuando comenzó el pánico en EE.UU la gente se lanzó a retirar los depósitos de los bancos, la crisis genero mayores contingencias de las necesarias, siendo este momento ideal para fijar cómo deben funcionar las entidades financieras, dándole al (BCRA) en caso de empate o conflicto primacía, es decir primus inter pares.-

 

Además de EE.UU y la Unión Europea por medio del Parlamento y el Consejo es necesario señalar que la actual normativa es insuficiente ya que no reserva los requisitos de idoneidad de los participantes.-

 

Existe poca protección para los “incumbentes societarios” (accionistas minoritarios, empleados, acreedores, etc.) incluso en muchos casos no contempla la defensa preventiva de los inversores frente a conflictos de interés de los directores nombrados por el Estado.-

 

Ocupándonos de nuestro país y ante el comienzo de un nuevo gobierno es una oportunidad de reformulación de la norma para adecuarse a los mercados locales siguiendo las buenas tendencias y experiencias internacionales, aumentando la propensión de los ahorristas a operar en el mercado de capitales locales.-

 

Dar seguridad jurídica, estabilidad, transparencia, ausencia de conflictos o privilegios informativos y bajos costos de transacción son grandes incentivos para estimular el ahorro. Es un sistema bursátil que el país merece, especialmente cuando fue uno de los más importantes de América hace menos de un siglo.-

 

En el artículo “Cambiemos y la Economía: Furcios, baño de realidad y giro estratégicode Eduardo Luis Curia, se hace referencia al que publicara en el mes de Marzo sobre el “Legado de la administración saliente con dificultades”, señalando que trascurridos varios meses más, es decir Septiembre, las dificultades se han profundizado, utilizando una figura señala “El desfiladero a recorrer luce estrecho de todos modos su recorrido es factible pero arduo”.-

 

Señala que Kicillof aseguró la perduración del esquema precedente en su “Plan Verano” ocultando las distorsiones que existían en este momento.-

 

Indica, puede decirse que si el levantamiento del denominado cepo cambiario constituyó el mayor acierto, se produjeron una serie de logros y avances en el plano del acceso de mercados de capitales, por ejemplo, señala que es un error privarse de un “piloto de tormentas” al estilo de Cavallo- Lavagna porque las exigencias de coordinación son enormes y el Presidente, sea quien fuere, no tiene tiempo para enfrentarlas cabalmente, se ocupara desde la óptica del plano político general que es el que le corresponde.-

 

Considera que en algún momento pareció tomarse conciencia en el oficialismo de los bemoles que podrían suscitarse en el seno del Ciclo Económico Político (CEP) de cara a los comicios del 2017.-

 

Los desequilibrios macroeconómicos heredados, la necesidad de puentes con el mercado mundial de capitales, requieren prontamente un “shock inversor”, sin olvidar del énfasis que debe ponerse en el consumo, sin descartar otra suba de salarios reales en 2017 y en la obra pública.-

 

Los comicios del 2017 están a la vuelta de la esquina considerando las limitaciones de maniobrabilidad política ya que carece de mayorías parlamentarias propias con pocos distritos bajo su conducción, aunque importantes, todo esto originado por un balotaje que no da margen de movilidad política.-

 

Se pregunta qué es lo que viene, ¿una desaceleración de la inflación? ¿Cambiando de estrategia económica, con desequilibrio fiscal y esperando el gran aporte de las inversiones privadas-externas?

 

Señala que puede darse un populismo coqueto, con dólares o un populismo tosco sin dólares, tendrán esta fuerza suficiente y este sentido de oportunidad de cara a los comicios, puede ser que si pero será siempre así.-

 

Decaído el optimismo acerca de la gestión económica tangible de Cambiemos por la perseverancia de una confianza depositada en la persona del Presidente Macri.-

 

El artículo de Santiago R. Carrillo “El control del proceso legislativo por el Tribunal Constitucional Federal alemán”, se ocupa de la intervención de dicho tribunal y contribuye significativamente al desarrollo del movimiento denominado “legisprudence” tal como lo expresa la Doctrina Constitucional Alemana moderna.-

 

La teoría de jurisprudence aduce que el proceso legislativo es esencialmente político no técnico ni científico y se nutre de acuerdos, negociaciones, transacciones y compromisos y de esta forma la legitimidad democrática expresa la soberanía del pueblo a través de sus representantes.-

 

Nos acerca a la legislación comparada como ser el Referendum Britanico del 23/VI /1916 (Brexit) que decidió la salida de Gran Bretaña de la U.E, así también el caso de Suiza en donde sus ciudadanos votan tres o cuatro veces por año una cantidad importante de proposiciones que impactan a la sociedad.-

 

Luego de esta introducción no consideramos entrar en todos los temas tratados dados su profundidad y bibliografía como así también su excelencia en los enfoques.-

 

Se ocupa del control del proceso legislativo por el Tribunal Constitucional Federal Alemán, como así también de las críticas a ese Tribunal.-

 

Resaltando la decisión de 2010 en el caso “Hartz IV” que se destaca como un hito sobresaliente sobre estos aspectos críticos.-

 

Allí se declaró que los beneficios para adultos y niños que otorga la ley alemana eran inconstitucionales. Descalifico la ley por no basarse en una investigación estadística adecuada, invalidándola por tener como antecedente un adecuado proceso de recopilación de información que asegure transparencia y acorde con la dignidad humana.-

 

A modo de colofón se ocupa de las exigencias contemporáneas de la Justicia Constitucional y también algo sobre la Argentina.-

 

Analiza el control judicial del tribunal del TCF Alemán con los sentidos que le dan Hamilton y Madison inclinándose por la posición de este último que señala que la visión constitucional está guiada por el equilibrio de los poderes en cuanto a las facultades de interpretación de la Constitución.-

 

Considera que el Constitucionalismo moderno se edifica sobre la posibilidades de diálogo constitucional entre cortes constitucionales y parlamento.-

 

El Constitucionalismo Democrático considera que una nueva forma de revisión judicial significando una constitución con interacciones fluidas entre las ramas del poder público, las asociaciones civiles, los partidos políticos, los movimientos sociales, la opinión y también el poder judicial en todo su conjunto correlacionándolo con la posición institucional de la Suprema Corte de los Estados Unidos y la legislación Canadiense.-

 

Si la Suprema Corte declara inconstitucional una ley por protección constitucional de la libertad de expresión la legislatura puede responder de distintas formas.-

 

Puede que diga que está de acuerdo con la interpretación de la Corte y modifique la ley. Pero también puede que considere que la provisión de la libertad de expresión según la ley original era constitucional y sin modificación alguna más razonable que la Corte.-

 

Lo que es importante observar que, en un sistema con revisión judicial dialógica, debe haber un mecanismo para hacer que la insistencia de la legislatura en su propia interpretación razonable sea legalmente efectiva.-

 

Vamos a cerrar estos comentarios señalando que deben cumplirse ciertas condiciones que estipula Waldron, Jeremy en la nota 58 del trabajo con diversas citas.-

 

Nuestra jurisprudencia, es decir Argentina, muestra avances en esta materia al día de hoy, variados son los ejemplos de decisiones que modulan o atemperan los efectos de descalificación constitucional en los actos de otros poderes: en el tiempo, en cuanto a los sujetos alcanzados, en cuanto al cumplimiento de los actos previos necesarios, en cuanto a la necesidad de actuación de los órganos administrativos, también a nivel normativo constitucional como la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (los fallos citados en especial de la C.S.J.N., S.C.B.A.)

 

Por lo demás, Argentina tiene una larga y pesada tradición de deferencia hacia el proceso legislativo; ligada al hiperpresidencialismo y al dato histórico de una Corte Suprema inestable o débil, según el período (deberíamos pasar nuestro contexto actual, resultado de estos antecedentes, por el test de las cuatro asunciones de Waldron). Pero tampoco se puede soslayar en estas cuestiones el modo en que opera un control de constitucionalidad concentrado, como el alemán, en contraste con uno difuso. Con todo, en materias puntuales, hay progresos que inician un camino dirigido a la exigibilidad de estándares de racionalidad en los procesos de toma de decisiones legislativas.-

 

Rodolfo G. Papa colabora en esta edición con un interesante articulo titulado “Hipótesis de conflicto en negociaciones precontractuales: su tratamiento en la nueva Codificación”, en el cual realiza un análisis del nuevo código unificado con las tratativas contractuales indicando con precisión los artículos del mismo.-

 

Señala que la responsabilidad pre-contractual se tipifica por el acaecimiento de un evento de ruptura intempestiva arbitraria o abusiva de un proceso de negociaciones describiendo los intercambios que pudieren haber hecho de información e incluso documentación legal como por ejemplo “Una carta intención” lo que puede haber creado una razonable creencia de que se iba a concluir una transacción comercial y no una terminación anormal o abandono de carácter antijurídico atribuible al responsable.-

 

Dos pilares caracterizan a la figura, la primera la libertad de negociar y la segunda la observancia imperativa de la buena fe, todo lo que se aplica no solamente a la ejecución de las obligaciones contractuales sino a la etapa precontractual.-

 

La aplicación del principio de buena fe desde el inicio de la etapa precontractual en aquellas operaciones total o parcialmente regidas por el derecho argentino, debería ser informada por los abogados locales a aquellos que representen los intereses de los actores foráneos en especial sobre aquellos cuyo sistema de origen adhiera al CommonLaw. El autor tuvo la oportunidad de exponer en manera presencial a través de la elaboración de un trabajo de investigación presentado a nivel académico en una organización internacional.-

 

Recordando en última instancia su nuevo libro Tratativas precontractuales en el código civil y comercial de la Nación. Su impacto en la estructuración de una transferencia del control accionario”, en el que analiza en forma detallada e integral el instituto de las “tratativas precontractuales”, ante su novedosa e innovadora recepción por el Código Civil y Comercial de la Nación.-

 

Esta obra es la primera en su género, escrita por un único autor, que describe además cuál había sido su funcionamiento durante el derogado sistema de la “Codificación dual”, comentando la jurisprudencia y doctrina imperante durante dicha etapa.-

 

Otro de los libros recibidos es el editado por la Fundación Banco Ciudad “Integrando Argentina al mundo”, el mismo cuenta con conclusiones de Rogelio Frigerio y su Editor Mario Morando, Presidente de la Fundación Banco Ciudad.-

 

La Crónica de la Dra. Alejandra Pasquet sobre la XVIII Conferencia Nacional de Abogados realizada en Tucumán en el mes de Agosto pasado hace mención de la intervención destacada que tuvieron los miembros de la Rama FIA Argentina en la Conferencia, pudiendo acceder a las ponencias que se expusieron en la misma.-

 

A continuación mencionaremos los Eventos más destacados que se han realizado en el último mes.-

 

La UCA Pontificia Universidad Católica Argentina mediante el Observatorio de la Deuda Social Argentina Barómetro de la Deuda Social Arg. Serie del Bicentenario (2010-2016). Año VI presentó el último informe el 11 de Agosto de 2016.-

 

Asimismo la UCA, Facultad de Ciencias Económicas desarrollo las Jornadas de Filosofía de la Economía “Valores y percepciones culturales de la Economía en Argentina y América Latina”.-

 

La Academia Nacional de Ciencias Económicas, Ciclo Academia y Sociedad, dictó una Sesión extraordinaria a cargo del Dr. Julio César Crivelli “¿Cómo construir un puente jurídico que haga posible que los mercados de capitales desarrollados financien infraestructuras públicas en países emergentes?”.-

 

La Academia Nacional de Educación presentó la Jornada “Aprender a comprender. Un encuentro para pensar la escuela del siglo XXI” la apertura estuvo a cargo de la Presidenta Beatriz Balian de Tagtachian.-

 

El Banco Ciudad y Fundación Banco Ciudad brindaron el Seminario: “Regiones Económicas: Una ocasión para integrarlas” la apertura estuvo a cargo del Presidente del Banco Ciudad, Dr. Javier Ortiz Batalla y actuó como moderador el Presidente Fundación Banco Ciudad, Mario Morando.-

 

El Diario el Cronista- CEO Profile 2016 desarrollo la jornada de Eventos Corporativos en la que participaron destacadas personalidades del rubro empresarial.-

 

La Universidad del CEMA dicto el Seminario “Blanqueo impositivo, moratoria, beneficios y reforma impositiva”, el expositor fue Mario Volman.-

 

El Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales- CARI dicto la conferencia “La reflexión sobre cultura y desarrollo en el marco del Bicentenario” la misma estuvo Organizada por el Comité de Cultura del CARI y el auspicio de la UNESCO.-

 

La entidad también brindo una Sesión académica a cargo de Jorge Castro y Ricardo Lagoriom “Desafíos y oportunidades para la Argentina en el siglo XXI”.-

 

La UIA Unión Industrial Argentina, realizó la Celebración del Día de la Industria con una gran convocatoria. La celebración del 129º aniversario de la institución, la UIA convocó a más de 600 invitados. Autoridades nacionales y provinciales, miembros de cámaras colegas, académicos y representantes gremiales participaron del evento organizado por la entidad fabril.-

 

Se realizó el Consejo de las Américas “Argentina: Perspectivas Económicas y Políticas”, el mismo estuvo organizado por la Cámara Argentina de Comercio, y el evento tuvo como oradores a los principales líderes políticos de Argentina.-

 

La Embajada de los Estados Unidos Buenos Aires- Argentina dicto la Conferencia “Elecciones Presidenciales en USA y el sistema político” que estuvo a cargo Michael Hannahan, Dir. Iniciativa Ciudadana Universidad Massachusetts.-

 

Finalmente mencionamos el evento “Democracia y gobierno abierto” que organizaron REAL Red Argentino-Americana para el Liderazgo - BCBA – SAAP - Asociación Gobierno Abierto- CAPyBEF– OPCI, la exposición estuvo a cargo del Dr. Federico Pinedo, Presidente Prov. Senado Nación y conto como disertantes con el Sr. Adelmo Gabbi- Lic. Rosario Lufrano- Lic. Juan Pablo Laporte- Dr. Roman Guillermo Jáuregui- Dr. Martín D´Alesandro.-

 

 

 

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